Sistema Arbitral de Consumo

Sistema Arbitral de Consumo

ENERGÍA LIBRE COMERCIALIZADORA S.L.U. está adherida al Sistema Arbitral de Consumo a través de la Junta Arbitral Nacional para la resolución alternativa de posibles conflictos y reclamaciones con clientes, en asuntos relacionados con la actividad de comercialización de energía eléctrica y gas.

ENERGÍA LIBRE COMERCIALIZADORA S.L.U. se compromete a responder toda reclamación a la mayor brevedad posible. La contestación no implica necesariamente la solución de la incidencia. Por lo tanto, en el caso de que hubiera presentado una reclamación a ENERGÍA LIBRE COMERCIALIZADORA S.L.U y no hubiera sido resuelta en el plazo de un mes, desde la fecha de presentación de la reclamación, o no estuviera conforme con la respuesta ofrecida, podrá dirigirse a la Junta Arbitral Nacional, para tramitar su reclamación por esa vía.

¿Qué es el Sistema Arbitral de Consumo?

El sistema de arbitraje es un mecanismo extrajudicial para la resolución de conflictos entre consumidores y empresas, que actúa con total imparcialidad, independencia y confidencialidad.  De forma rápida, simple, eficaz y sin coste alguno para el cliente

Tipo de reclamaciones

Pueden someterse al arbitraje los conflictos de asuntos relacionados con la contratación, facturación, cobro y atención al cliente. La discrepancia debe de versar exclusivamente sobre asuntos de responsabilidad de la empresa comercializadora.

No podrán ser objeto del sistema arbitral de consumo aquellos asuntos cuya responsabilidad corresponde a las empresas distribuidoras: altas y bajas de puntos de suministro, extensión de red, concesión de accesos a la red, medida, lectura, inspección periódica de las instalaciones, calibrado de equipos de medida, calidad de suministro (incluyendo la continuidad o interrupción del suministro), los posibles daños causados por incidencias en la red eléctrica, así como cualquier otro asunto correspondiente a la actividad desarrollada por las empresas distribuidoras de energía.

¿Cómo se tramita el procedimiento arbitral?

Para acudir al arbitraje, previamente la reclamación debe haberse presentado ante el Servicio de Atención al Cliente de Mega Energía en el teléfono gratuito 900 900 496, por correo postal en la dirección Avenida Diego Martínez Barrio 10 2º Mod 2.1 (41013) Sevilla o dirigiéndose al correo electrónico atcliente@mega-energia.es.

No habiendo sido resuelta en el plazo de un mes desde la fecha de la presentación, o habiendo recibido respuesta, esta no haya satisfecho las expectativas del cliente.

Puede descargar el documento de solicitud de arbitraje en el siguiente enlace: formulario_solicitud_arbitraje.pdf (consumo.gob.es), que puede presentarse en alguna de las Juntas Arbitrales de Consumo (Juntas Arbitrales | Ministerio de Consumo).

La resolución es vinculante para ambas partes, equivaliendo en su ámbito de actuación a una Sentencia Judicial.

Puede ampliar la información en el siguiente enlace: Sistema Arbitral de Consumo | Ministerio de Consumo.